prevenciòn de riesgos laborales


       La obligación de las empresas de elaborar e implantar planes de prevención, y la integración de éstos en su sistema de gestión diaria, Incluyendo en estos planes la evaluación de los riesgos y la planificación de acciones preventivas de mejora a desarrollar.

La obligatoriedad, de acuerdo a la normativa contenida en el Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, en las obras de construcción, de elaborar un plan de seguridad y salud en el trabajo en la fase de proyecto de desarrollo de la obra.

 

Asesoramiento y desarrollo en programas de Cambio Cultural, que progresivamente afiancen una cultura preventiva, promoviendo actitudes que faciliten comportamientos seguros.

Realización de actividades de informaciòn y formación basica de trabajadores.

Asesoramiento técnico en Comités de Seguridad y Salud.

 

Asesoramiento sobre métodos y sistemas de protección individual y colectiva.

Estudio y adaptación de puestos de trabajo.

Todo esto, hace necesario el asesoramiento de un Técnico en Prevención de Riesgos Laborales.